Arresto y trabajo comunitario para sancionar las reuniones clandestinas

La iniciativa fue anunciada por el Gobernador Suárez. La propuesta contempla la incorporación, de forma transitoria y mientras esté vigente la emergencia sanitaria, de un nuevo artículo al Código de Contravenciones. Las sanciones implicarán hasta 30 días de arresto o hasta 80 días de trabajo comunitario.



El Gobernador Rodolfo Suarez envió a la Legislatura el proyecto con el que busca incorporar al Código Contravencial la sanción de entre 15 y 30 días de arresto para quienes no cumplan con las normas que regulan los encuentros familiares.

La iniciativa fue anunciada la semana pasada por el mandatario en el marco del retorno a las restricciones por DNI y a la suspensión de los encuentros con un amigo en casas particulares.

La propuesta fue presentada ayer a la tarde. Contempla la incorporación, de forma transitoria y mientras esté vigente la emergencia sanitaria, de un nuevo artículo a la Ley 9.099 del Código de Contravenciones de la Provincia.

Establece que “el que organizare y/o alojare reuniones que impliquen incumplimiento de  las normas que regulan estas actividades y las instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, dictadas durante la Emergencia Pública ratificada por Ley 9220, será sancionado con arresto desde 15 hasta 30 días, o trabajo comunitario desde 60 hasta 80 días.

En caso de reincidencia, la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo”.

Clic aquí para ver el proyecto.

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